[Date Prev][Date Next] [Thread Prev][Thread Next] [Date Index] [Thread Index]

Re: ot: Peligro legal en Argentina para desarrrolladores de Software Libre no "matriculados"



Martin Marques escribió:
Guimi wrote:
El artículo 9 dice:

[snip]

15) Desempeñar cargos, funciones, comisiones o empleos dependientes de
organismos oficiales, privados o mixtos para cuya designación se
requiera estar habilitado en Ciencias Informáticas(...)

Y a vos que te parece esto?

En resumidas cuentas el art. 9.15 dice "Solo los titulados en CI podrán desempeñar un cargo que requiera estar habilitado en CI".

No me parece algo malo en sí mismo. Incluso me parece que debiera ser obvio.
Pero también me parece que tal y como está redactado es muy vago y puede generar muchos problemas según como se interprete lo de que un cargo "requiera estar habilitado en CI".

Sinceramente lo que yo creo que sería bueno es añadir enmiendas a la ley. Por ejemplo en este caso añadir un artículo que aclare que cargos requieren estar habilitado y que cargos no.

Intento decir únicamente que creo que es mejor que centréis vuestros esfuerzos en mejorar la ley, en vez de en derogarla, haciendo un ejercicio de realismo y pensando en los intereses de todos (en el de las empresas, los organismos públicos, los titulados, los no titulados... que cada vez necesitan más una regulación) asumiendo que no todo en la ley es malo.

Saludos
Güimi
http://guimi.net
--
Por el bien de todos respetemos las normas de la lista:
http://wiki.debian.org/NormasLista



Reply to: