[Date Prev][Date Next] [Thread Prev][Thread Next] [Date Index] [Thread Index]

Re: Debian free pero ...



::::: En el artículo <[🔎] 19990719112813.A17886@molec3.dfis.ull.es>,
Enrique Zanardi <ezanardi@ull.es> decía:

    Enrique:: On Thu, Jul 15, 1999 at 12:26:17AM +0200, Antonio Castro
    Enrique:: wrote:
    :: La licencia de Debian especifica que solo los trabajos
    :: independientes y separados por si mismos pueden evitar que los
    :: terminos de la licencia GPL le sean aplicados. Ademas insiste
    :: mucho en el derecho a la informacion del usuario para que
    :: siempre conozca y pueda usar del derecho a redistribuir bajo
    :: GPL. Por lo tanto algunas modificaciones pretendidamente
    :: propietarias podr?an no serlo por no atenerse a estos
    :: requisitos.

    Enrique:: ¿A qué te documento/fichero te refieres con "la licencia
    Enrique:: de Debian"?

Por el texto, parece que a la GPL ;)

El problema de la creación de obras derivadas de software bajo GPL que 
se ponen bajo una licencia no GPL es que, en España, sólo el titular
de la propiedad intelectual puede acudir a los tribunales a exigir que 
cese la violación.  De modo que si tú sabes que se está produciendo la 
infracción no puedes hacer nada, salvo que te decidas a utilizar la
vía penal.

    :: On Wed, 14 Jul 1999, Enrique Zanardi wrote:
    :: 
    :: > Adem?s has de tener cuidado de no hacer mal uso de alguna
    :: marca > registrada (si "Datom" es marca registrada, y los CDs
    :: de Datom muestran > mensajes de presentaci?n con esa marca, no
    :: puedes hacer uso de esos > mensajes en tus CDs, o estar?an
    :: haciendo un uso no autorizado de la marca).
    :: 
    :: En esto puedes tener razon. No se me hab?a ocurrido pero creo
    :: que mencionar una marca aclarando que es propiedad de la
    :: compa?ia tal no puede jamas ser uso indebido. Me parece m?s
    :: incorrecto vender CD's de Datom sin decir que son de Datom que
    :: lo contrario. Decir que son de Datom jamas puede considerarse
    :: mal uso. Todas las marcas pueden ser pronunciadas sin riesgo de
    :: cometer delito. Lo que no se puede hacer es apropiarse de la
    :: marca.  Por eso muchos documentos aclaran tal y tal marca son
    :: propiedad de .....

    Enrique:: Una cosa es nombrar una marca y otra redistribuir un
    Enrique:: producto protegido por esa marca. Si no, yo podría coger
    Enrique:: una lata de aluminio, llenarla de una bebida refrescante
    Enrique:: gaseosa, color marrón oscuro, ponerle un par de
    Enrique:: logotipos de Coca Cola en los laterales y venderla, y
    Enrique:: cuando me caigan encima los abogados decir "pero yo dije
    Enrique:: que Coca Cola es una marca propiedad de foobar".
 
Totalmente correcto.  La Ley de Marcas especifica que el registro de
una marca confiere al titular el derecho exclusivo a utilizarla en el
tráfico económico.  Si citas (en un artículo, estudio, etc.) no estás
haciendo un uso comercial de la marca, lo que está permitido (a no ser 
que caiga dentro del ámbito de aplicación de la Ley sobre Competencia
Desleal).  Si redistribuyes algo, da igual que reconozcas que la
titularidad de la marca no te pertenece: desde el momento en que
pretendes vender, haciendo uso de la marca (diciendo algo del estilo
``CD's basados en la distribución de Datom'', ``CD's que siguen el
formato Datom''), estás incumpliendo la Ley de Marcas.

    :: > > Datom usa un sistema suyo de instalaci?n multi-cd2 que
    :: quizas sea > > propietario pero la gracia es que las
    :: modificaciones que hizo en los > > CD's creo que solo permiten
    :: usar ese m?todo de instalacion y eso me > > da pie a pensar que
    :: legalmente Datom no podr?a reclamar nada si yo > > duplico los
    :: CD's tal cual y luego los vendo.  > > Pues por ah? no le veo
    :: fundamento a tu razonamiento. Cualquiera puede > escribirse de
    :: cero un sistema de instalaci?n propietario para Debian, > y
    :: nadie tendr?a ning?n derecho a redistribuirlo libremente. Ser?a
    :: un > programa independiente, as? que el autor podr?a ponerle la
    :: licencia que > le viniese en gana. El hecho de que su uso sea
    :: desempaquetar debs no > implica ninguna restricci?n en la
    :: licencia a escoger.  > > Otra cosa ser?a que el sistema de
    :: instalaci?n estuviese basado en > software libre...
    :: 
    :: Usar el deselect, el dpkg y a?adir simplemente un nuevo metodo
    :: de instalacion multi-cd como ha hecho Datom no lo dir?a que es
    :: partir desde cero. No me parece un procedimiento
    :: suficientemente independiente.  Todo se parece necesariamente
    :: demasiado a la distribucion oficial de Debian. Digo
    :: necesariamente porque en Debian es donde se hace la mayor parte
    :: del trabajo.

    Enrique:: Mientras el código no contenga software libre, ni esté
    Enrique:: enlazado (estática o dinámicamente) con una biblioteca
    Enrique:: libre, es un programa independiente.  Por tu
    Enrique:: razonamiento cualquier programa Linux sería libre, a fin
    Enrique:: de cuentas usa el kernel y las herramientas básicas
    Enrique:: GNU/Linux, que son libres.
 
Los formatos son ideas, y las ideas no son patentables ni están
sujetas a propiedad intelectual.  En efecto, cualquiera puede escribir
un programa para instalar .debs.  Corel está proyectando uno, y (de
acuerdo con la última Sólo P. Linux, Zenguin Installer otro).  Esto no
es un problema.

Una vez hecho eso, nadie tendría derecho a redistribuir el programa
más que bajo las condiciones del distribuidor.  No estoy muy seguro de 
cómo está el tema de licencias sobre YaST, por ejemplo, o Glint
(S.u.S.E. y RedHat), pero bien podrían no estar bajo la GPL.  El mismo 
rpm licencia sus librerías bajo la LGPL, de modo que se puedan enlazar 
a ellas programas no GPL, aunque el código fuente en sí está bajo la
GPL.

En cuanto al tema de si se parte o no se parte de la distribución de
Debian, el tema no es muy relevante.  La GPL dice expresamente que
``la mera adición de otra obra no basada en el Programa [bajo GPL]
junto con el Programa (o con una obra basada en el Programa [se
refiere al caso de obras derivadas]) en una unidad de almacenamiento o 
medio de distribución no coloca a la otra obra bajo el ámbito de esta
Licencia''.

Si te das cuenta, cada programa en Debian tiene un copyright
independiente obligatoriamente (forma parte de la política de Debian)
en /usr/doc, y muchos de ellos (prácticamente todas las bibliotecas,
todo lo relacionado con X, etc.) no son GPL.

Y respecto a lo de los enlaces, la que explica Enrique es la posición
general (aunque se discute mucho entre los programadores si una
biblioteca enlazada dinámicamente formaría parte de un programa o no):
si no se usa código ni hay enlace, el programa es independiente.  La
analogía, eso sí, tiene sus problemas: de acuerdo con la licencia del
kernel: ``¡NOTA!  Este copyright *no* afecta a los programas de
usuario que utilizan los servicios del kernel a través de llamadas
normales del sistema; esto se considera meramente un uso normal del
kernel, y *no* cae bajo el encabezamiento de "obra derivada".''

    :: > > Ademas no he visto nada > > relativo a derechos de copia de
    :: Datom. Unicamente tiene un peque?o > > readme advirtiendo que
    :: no es la version oficial y que hay que > > instalarlo de otra
    :: forma. Alguna revista creo que vulner? los derechos > > de
    :: licencia indicando unos supuesto derechos de copia. Por todo
    :: esto > > no creo siquiera necesario consultar a Datom pero como
    :: cosas parecidas > > a estas ocurren no solo con Datom sino con
    :: cualquier CD que sale en > > las revistas prefiero conocer
    :: otros puntos de vista.  > > En ausencia de informaci?n sobre la
    :: licencia, se usa implicitamente el > t?pico "Reservados todos
    :: los derechos". Es decir, que si no hay > informaci?n relativa a
    :: derechos de copia de Datom, significa que no > tienes ning?n
    :: derecho a copiar la Datom. As? que es imprescindible que te >
    :: pongas en contacto con ellos.
    :: 
    :: Como regla general puede valer pero no en todos los casos.

    Enrique:: Eso es lo bueno de las reglas generales. Que si no hay
    Enrique:: más información valen en todos los casos. Bonitos
    Enrique:: estaríamos todos si pudiéramos interpretar la ausencia
    Enrique:: de licencias como lo que nos diera la gana.

Exactamente.  La ausencia de licencias sólo tiene una interpretación
en la legislación española:

``La propiedad intelectual de una obra literaria, artística o
científica corresponde al autor por el solo hecho de su
creación.'' (Art. 1 LPI)

``Corresponde al autor el ejercicio exclusivo de los derechos de
explotación de su obra en cualquier forma y, en especial, los derechos 
de reproducción, distribución, comunicación pública y transformación,
que no podrán ser realizadas sin su autorización, salvo en los casos
previstos en la presente Ley.'' (Art. 17 LPI)

De hecho, éste es el origen de la GPL: si no estableces una licencia,
la ley te atribuye todos los derechos sobre tu programa, de manera que 
cualquier reproducción hecha por otro que afecte a tus posibilidades
comerciales (como lo sería la redistribución, ya sea gratuita o por
precio), se considera violación y puede ser objeto de denuncia/demanda 
ante los tribunales.

La licencia, por su parte, establece una situación jurídica en la que
cualquiera que la cumpla dispondrá de los derechos que el licenciante
le otorga (sin que éste, por tanto, pueda acudir a los tribunales).
Sujetarte a los términos de la licencia es lo único que te garantiza
que no serás objeto de una demanda por infracción de propiedad
intelectual (o que saldrás bien librado de ella).

    :: No creo que ning?n juez pueda aceptar eso en el caso que
    :: estamos discutiendo. Metes un programa propietario en un CD con
    :: software mayoritariamente libre sin poner nada. Lo que parece
    :: es que o bien se quiere cazar a un incauto que copio esa parte
    :: o bien si se dijo simplemente que en algun lado hay algo
    :: propietario lo que se quiere es intimidar al usuario para que
    :: no pueda copiar nada.

    Enrique:: O tal vez los que crearon el CD no tienen ni tiempo ni
    Enrique:: ganas de ponerse a redactar una lista explicada y
    Enrique:: detallada de qué es exactamente lo que han añadido o
    Enrique:: modificado y las licencias que cubren sus añadidos y
    Enrique:: modificaciones. Cada paquete viene con su licencia
    Enrique:: correspondiente, así que basta con revisarlas para saber
    Enrique:: qué se puede hacer con los paquetes.  Y si no hay
    Enrique:: licencia, a preguntarle al autor.

El motivo es indiferente.  Aunque lo normal es que haya siempre
indicaciones (como el símbolo del copyright seguido de ``Datom 19xx'') 
de que la propiedad intelectual tiene propietario, el mero hecho de
que se encuentren en un mismo CD programas libres junto a otros no
libres no implica intención de defraudar (que es lo que tú -Antonio-
sugieres) o coaccionar de alguna manera.

Por otro lado, la ignorancia de la ley no exime de su cumplimiento.
El que alguien no sepa que está copiando un programa sujeto a propiedad 
intelectual no le va a librar de la demanda correspondiente (es el
típico: <voz inocente>no sabía que fotocopiar libros estaba
prohibidoooo</voz inocente>).  Otra cosa sería que el titular hiciera
creer que el programa es libre mediante algún comportamiento activo.


    :: El juez es el que decide cuando el texto de la licencia se
    :: ajusta a derecho y cuando no.

    Enrique:: En este caso no hay texto, así que "All rights
    Enrique:: reserved". Me encantaría ver a un juez oponerse a
    Enrique:: eso. :-)

Hombre, texto sí que hay: la Ley de Propiedad Intelectual y varios
tratados internacionales.

    :: > Lo mismo con respecto a cualquier CD que salga en las
    :: revistas. Los > acuerdos a los que haya llegado el editor de la
    :: revista con el fabricante > de los CDs no son a priori
    :: extensivos a los lectores de la revista, as?  > que en ausencia
    :: de informaci?n expl?cita sobre los derechos de copia, el >
    :: lector no tiene ning?n derecho, y lo mejor que puede hacer es
    :: ponerse en > contacto con el autor de los CDs.
    :: 
    :: Si en eso te doy toda la razon. Las revistas traen mucho
    :: software que no se puede redistribuir.  Es de sentido com?n
    :: pero aun as? cuando el CD contiene una distribucion libre de
    :: Linux mezclada con otras cosas propietarias se produce un robo
    :: de los derechos del consumidor si este no sabe que puede
    :: duplicar y que no puede.

    Enrique:: Fácil, todo paquete con licencia libre se puede
    Enrique:: copiar. El resto no.

El problema no es copiar, sino redistribuir.  La fuerza (y lo difícil
de comprender) de las licencias libres es que cuando redistribuyes, no
te limitas a pasar un programa con su licencia sino que puedes
establecer tus propios términos.  Por ejemplo, podrías tomar un
programa bajo licencia BSD y decir (siempre que reconozcas los
derechos y la exención de responsabilidad de los Regentes de la
Universidad de California) que ``queda prohibida toda redistribución
que no vaya acompañada de dos chistes de Chiquito de la Calzada'' ;) Y
sería válida.

Claro que la existencia de otras distribuciones con licencia pura BSD
haría desaparecer muy pronto esa condición (aunque sólo fuera por
razones de dificultad de prueba).

Por otro lado, la redistribución debe respetar las condiciones de la
licencia original, sea del tipo que sea.  Una licencia no-libre como
la de Pine, por ejemplo, o qmail, permite la redistribución de fuentes
sin modificar.

    :: Algunas revistas han hecho cosas bastante
    :: incorrectas. Reestructurar directorios y cambiar las cosas de
    :: sitio es una de las estratajemas para decir cuidado este CD es
    :: m?o. Lo hice yo y no lo puedes copiar.

    Enrique:: "No atribuyas a la malicia lo que se puede atribuir a la
    Enrique:: ignorancia". ;-) (no recuerdo de quíen es la frase). A
    Enrique:: menudo las personas que hacen los CDs no conocen
    Enrique:: demasiado sobre el contenido, simplemente los ordenan
    Enrique:: como buenamente pueden.

O.T.:Ejem, ¿alguien más está harto de oír en la revistas
``especializadas en Linux'' que KDE y GNOME son gestores de ventanas? 
:)

Dejando eso aparte, una mera reestructuración de directorios no
convierte un CD en una ``obra nueva'' susceptible de quedar bajo
derechos de copia diferentes de los de los autores de los programas (o 
titulares del copyright, vaya).  Lo que sucede es que, en muchas
revistas, tratan de guardarse las espaldas, intimidar, etc.  Pero
habría que ver cómo sostienen eso en juicio.


    :: Porque ? Acaso diez minutos de trabajo pueden desbaratar los
    :: derechos de los desarrolladores de Debian que hicieron todo ese
    :: esfuerzo para donarlo a la comunidad ?

    Enrique:: No hombre, bastan diez minutos de trabajo, revisando las
    Enrique:: licencias de los paquetes, para poder aprovechar todo
    Enrique:: ese esfuerzo haciendo tus CDs.  (O también puedes
    Enrique:: bajarte los CDs oficiales, así ningún editor de revistas
    Enrique:: manipulador podrá negarte tus derechos como usuario).


    :: Claro siempre se puede copiar paquetes y programas sueltos que
    :: sabes que son libres pero entonces habr?a que concluir que los
    :: programas y paquetes son GPL y la distribucion como conjunto
    :: no, porque una peque?a modificacion de la misma la convierte en
    :: propietaria.

    Enrique:: Como dije en otro mensaje, una recopilación de material
    Enrique:: libre puede ser propietaria. Cada uno de los paquetes
    Enrique:: que están contenidos en ella son libres, pero no se
    Enrique:: puede "clonar" el conjunto.

    Enrique:: Si además añado partes no propietarias a una
    Enrique:: recopilación de material libre, pues razón de más para
    Enrique:: que no se pueda "clonar" el conjunto, y haya que mirarse
    Enrique:: la licencia de las partes.
 
La distribución como conjunto no es GPL.  En realidad, la
distribución como conjunto no es nada (no hay una licencia conjunta,
no podría haberla).

De hecho, todo el asunto de la OSD trata con esto, precisamente.
Media distribución GNU/Linux, en la actualidad, está bajo BSDL, LGPL,
MIT/X, MPL, la Licencia Artística, la (que nadie se me descoj..., que
esto es serio) Licencia de la Cerveza, licencias gratuitas para uso
personal, licencias gratuitas para uso no comercial, etc.

Un sistema Debian es totalmente libre en cuanto a ``main''.  Eso lo
puedes distribuir con total tranquilidad si respetas las licencias.
Fuera de ahí, puede haber líos.

[...]
 

(Zenguin Installer, según Sólo P. Linux es el nombre de la compañía,
aunque la verdad es que parece el del producto.  ¿Alguien sabe algo?)

(Guía de navegantes: la mayor parte de lo que se oye en la red sobre
licencias y demás se refiere al modelo estadounidense.  Aunque los
tratados internacionales lo vuelven todo bastante uniforme, no os
dejéis confundir: el modelo europeo es bastante distinto.)

(Perdón por citar de un modo tal salvaje, pero me pareció
necesario.)





Un saludo.

--

RESET


Reply to: