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Vigencia de la Ley que moderniza el Sistema de Relaciones Laborales



 
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Boletín Informativo
LABORAL - PREVISIONAL
8 de noviembre de 2016
 
 

 
  ARTICULOS TECNICOS
Con la colaboración de Alejandro Lillo Arzola, Asesor Laboral [arlillo@gmail.com]
 
VIGENCIA DE LA LEY QUE MODERNIZA EL SISTEMA DE RELACIONES LABORALES.
A continuación se incluyen los artículos de la Ley N° 20.940, de 08.09.2016, que programan las fechas en que comenzarán a regir las nuevas disposiciones... ver más
 
  NORMAS LEGALES Y REGLAMENTARIAS
 

OTORGA BONIFICACIÓN POR RETIRO VOLUNTARIO AL PERSONAL ASISTENTE DE LA EDUCACION, REGIDOS POR EL D.L. 3166 O POR EL CODIGO DEL TRABAJO.
Ley 20.964, publicada el Diario Oficial de 29 de octubre de 2016.
Otorga por una sola vez, una bonificación por retiro voluntario al personal asistente de la educación que se desempeñe en establecimientos educacionales administrados directamente por las municipalidades o por corporaciones privadas sin fines de lucro creadas por éstas para administrar la educación municipal; en los establecimientos regidos por el decreto ley N° 3.166, del Ministerio de Educación Pública, del año 1980, y, asimismo, a los trabajadores regidos por el Código del Trabajo que se desempeñen en los Departamentos de Administración de Educación Municipal (DAEM), en las Direcciones de Educación Municipal (DEM) y al personal que cumple funciones relacionadas con la administración del servicio educacional en las referidas corporaciones municipales, quienes, para los efectos de esta ley, se someterán a las mismas disposiciones que los asistentes de la educación, y que, en el período comprendido entre el 1 de julio de 2014 y el 30 de junio de 2022, ambas fechas inclusive, hayan cumplido o cumplan 60 años de edad, en el caso de las mujeres, o 65 años de edad, si son hombres, siempre que comuniquen su decisión de renunciar voluntariamente al total de horas que sirven en los organismos antes señalados, en los plazos y según las normas contenidas en esta ley y en el reglamento... ver más

 
 
  NORMATIVA LABORAL
 
LEY N°20.940; MODERNIZA SISTEMA DE RELACIONES LABORALES; SERVICIOS MÍNIMOS.
Dictamen 5346/92, de 28 de octubre de 2016, Dirección del Trabajo.
Informa respecto al sentido y alcance de la Ley Nº 20.940 publicada en el Diario Oficial del 08.09.2016, en particular, en lo referido a la calificación y conformación de Servicios Mínimos y Equipos de Emergencia... ver más
 
LEY N°20.940; MODERNIZA SISTEMA DE RELACIONES LABORALES; VIGENCIA DE LA NORMATIVA.
Dictamen 5337/91, de 28 de octubre de 2016, Dirección del Trabajo.
Por necesidades del Servicio, y en virtud de la publicación de la Ley Nº 20.940 de 08.09.2016, que moderniza el sistema de relaciones laborales, es menester informar sobre las disposiciones que regulan la entrada en vigencia de dicho cuerpo normativo, en particular respecto de aquellas materias que inciden directamente en las relaciones laborales y en el procedimiento de negociación colectiva... ver más
 
ACCIDENTES DEL TRABAJO FATALES Y GRAVES; FUNCIONARIOS DE LA ADMINISTRACIÓN CIVIL DEL ESTADO.
Dictamen 5332, de 27 de octubre de 2016, Dirección del Trabajo.
La Dirección del Trabajo está facultada para ejercer su labor fiscalizadora y sancionatoria en materia de accidentes del trabajo fatales y graves, de conformidad a los incisos cuarto, quinto y sexto del artículo 76 de la Ley N°16.744, respecto a funcionarios públicos de la Administración Civil del Estado, centralizada y descentralizada, así como Municipalidades. Asimismo, la facultad fiscalizadora y sancionadora en materia de accidentes del trabajo fatales y graves, de conformidad a la norma señalada, aplica al personal contratado en Hospitales de las Fuerzas Armadas y Carabineros de Chile, con cargo a recursos propios, de conformidad a la Ley N°18.476; y respecto al personal contratado, por los Servicios de Bienestar Social de las Fuerzas Armadas, en virtud de la Ley N°18.712. Se reconsidera, en el sentido indicado, la doctrina contenida en Ordinario Nº 0247 de 19.01.2015, y toda aquella que resulte incompatible con lo sostenido en el cuerpo del presente informe... ver más
 
TRABAJADORES DEL TURISMO; TRABAJADORES EXCEPTUADOS DEL DESCANSO EN FERIADO IRRENUNCIABLE; RÉGIMEN DE ALTERNANCIA O SUBROGACIÓN.
Dictamen 5315/89, de 27 de octubre de 2016, Dirección del Trabajo.
Complementa Dictamen Nº4247/73 de 12.08.2016, en lo referido a la entrada en vigencia de la Ley Nº20.918 de 30.05.2016, relativa a los sistemas de jornada y descanso de trabajadores del sector turismo y entretenimiento... ver más
 
HORAS EXTRAORDINARIAS; PACTO GENÉRICO; FACULTAD DEL EMPLEADOR.
Oficio 5213, de 21 de octubre de 2016, Departamento Jurídico, Dirección del Trabajo.
Atiende presentación por la que se solicita un pronunciamiento relativo a la posibilidad que la empresa exija realizar horas extraordinarias, en las circunstancias que se señalan, conforme al modelo de pacto que acompañan... ver más
 
INDEMNIZACIÓN POR AÑOS DE SERVICIO; BASE DE CÁLCULO; ULTIMA REMUNERACIÓN; PROPINA.
Oficio 5212, de 21 de octubre de 2016, Departamento Jurídico Dirección del Trabajo.
La propina no constituye remuneración de los dependientes que la perciben, razón por la cual no es imponible ni debe ser considerada para la determinación de la base de cálculo de indemnizaciones. 2) El empleador tiene prohibido disponer de las sumas de dinero correspondientes a propina, debiendo entregarlas al trabajador propietario de las mismas... ver más
 
VIGILANTES PRIVADOS; CURSOS DE CAPACITACIÓN; COSTOS.
Oficio 5211, de 21 de octubre de 2016, Departamento Jurídico, Dirección del Trabajo.
Las entidades que cuenten con servicios de vigilantes privados deberán capacitarlos para el cumplimiento de sus funciones específicas, en materias inherentes a su especialidad, tales como conocimientos legales, primeros auxilios, prevención y control de emergencias, manejo y uso de armas de fuego, conocimiento de sistemas de alarma, usos de sistemas de comunicación, educación física y otras que, al efecto, determine la Prefectura de Carabineros respectiva. La capacitación de los vigilantes privados a que se refiere el inciso precedente deberá ser periódica, conforme a las modalidades y oportunidades que establezca la Dirección General de Carabineros de Chile en un programa que deberá elaborar al efecto, el cual se entenderá formar parte integrante del plan de adiestramiento e instrucción del estudio de seguridad de cada entidad. Dicho programa deberá contemplar distintos niveles de capacitación, conforme a las exigencias que el grado de especialización de la función desempeñada por el vigilante privado vaya requiriendo... ver más
 
 
  JURISPRUDENCIA SEGURIDAD SOCIAL
 
ACCIDENTE DEL TRABAJO. DOLENCIA COMÚN.
Dictamen 59923, de 19 de octubre de 2016, Superintendencia de Seguridad Social.
Una institución de Salud Previsional ha recurrido ante esta Superintendencia reclamando en contra de la Mutualidad por haber denegado la cobertura del Seguro Social contra Riesgos Profesionales a su afiliada, por lesiones que atribuye a un accidente que habría sufrido mientras cumplía con sus deberes laborales como vendedora en un local comercial... ver más
 
NO PAGO DE COTIZACIONES. FUERZA MAYOR.
Dictamen 57.599, de 13 de octubre de 2016, Superintendencia de Seguridad Social.
Ha recurrido a esta Superintendencia la representante de la Sociedad Educacional, reclamando en contra de la Caja de Compensación de Asignación Familiar, por el cobro de la multa que le fue fijada por el no pago oportuno de las cotizaciones previsionales del mes de octubre de 2015. Solicita su condonación en atención a que las cotizaciones fueron transferidas oportunamente pero que no se abonaron a la institución previsional por un problema tecnológico de la entidad bancaria... ver más
 
 
  JURISPRUDENCIA JUDICIAL
Con la colaboración de José Luis Zavala Ortíz, abogado [contacto@i-juridica.com].
 
FUNDAMENTOS DE ACCIÓN POR ACCIDENTE LABORAL DE VÍCTIMAS INDIRECTAS. CULPA EXTRACONTRACTUAL. DISTRIBUCIÓN DE CARGA DE LA PRUEBA
Rol 32434-2016, de 11 de octubre de 2016, Corte Suprema de Justicia.
En la demanda se hace mención al régimen de responsabilidad extracontractual y a sus normas, de manera que la demandante ejerce una acción propia, que emana de su condición de lesionada indirecta o víctima por repercusión, que, como ha dicho la doctrina, “son aquellos que reciben un daño, no directamente a su persona o bienes, sino por sufrir ellos las consecuencias de un daño causado a una persona con la cual tienen alguna relación” (Corral T., Hernán, Lecciones de Responsabilidad Civil Extracontractual”, Edit. Jurídica, año 2002, p. 318). Lo anterior es importante en la especie, porque aun cuando la acción que ejerce la víctima por rebote es autónoma, lo cierto es que el hecho que le causa el daño está dado, precisamente, por el ocasionado a la víctima directa -el cual se origina en el contexto de un determinado vínculo laboral- con quien tenía una especial relación y, en consecuencia, le afecta de un modo personal. Por eso, nada de extraño tiene que la demandante haya invocado normas propias del ordenamiento laboral, tales como el deber de seguridad contenido en el artículo 184 del Código del Trabajo, si lo que pretende sostener es el dolo o culpa de quien, al infringir dicha norma, ocasionó el daño a la víctima directa, sobre cuya base se sustenta la lesión que aquello le causó a la víctima por repercusión... ver más
 
  NOTICIAS
 
LA GRAN MINERÍA Y LA FORMACIÓN PARA EL TRABAJO
Tan importante como saber cuántas personas se requerirán, es identificar los perfiles que serán más demandados por la industria... ver más
 
SERVICIOS MÍNIMOS SE PODRÁN REDEFINIR A PETICIÓN DE LAS PARTES
La Dirección del Trabajo dijo que la solicitud para recalificarlos puede ser de la empresa o del sindicato, si cambian las condiciones laborales... ver más
 
SISTEMA ATRAE A LOS NUEVOS TALENTOS.
Los beneficios flexibles son una forma de captar talento, dice Carolina Olavarría, gerenta de Desarrollo Organizacional de BCI. "Uno de nuestros grandes atractivos es el programa de puntos. Es una de las principales razones por las cuales la gente se viene a trabajar acá"... ver más
 
DÍAS, CURSOS Y HASTA VIAJES PUEDEN CANJEAR TRABAJADORES DE EMPRESAS CON PROGRAMAS DE BENEFICIOS FLEXIBLES.
Entre las ventajas asociadas a este sistema está la mejora de las relaciones entre los supervisores y equipos, además de la mayor productividad y la reducción del ausentismo... ver más
 
UN TRABAJADOR FELIZ ES 80% MÁS PRODUCTIVO
El concepto de "Felicidad laboral" está impactando positivamente en las empresas... ver más
 
EL 94% DE LOS CHILENOS PREFIERE TRABAJAR EN UN EQUIPO CON DIVERSIDAD DE GÉNERO
Los chilenos parecen estar unánimemente de acuerdo en las ventajas que genera contar con un ambiente de trabajo diverso... ver más
 
LA AFINIDAD, UNA CLAVE PARA ENCONTRAR EMPLEO
Los empleadores evalúan la afinidad cultural de los candidatos para saber de antemano cuán bien encajarán en la empresa. Una de las pruebas a las que los someten: la piscina de pelotas... ver más
 
SOFOFA DETALLA A SUS ASOCIADOS APLICACIÓN DE LEY QUE REGULA LOS SERVICIOS MÍNIMOS
A través del "Observatorio Productividad Laboral", el gremio busca hacer un seguimiento de las nuevas regulaciones laborales para determinar su impacto en las empresas y en la productividad del país... ver más
 
PERSONAS QUE SE MANTUVIERON EN EL FONDO A GANARON 45% MÁS QUE QUIENES SE CAMBIARON AL E
En tanto, los afiliados que permanecieron en el B tras el llamado de "No+AFP" tuvieron un beneficio de 51,3%. En la industria insisten en que los fondos de pensiones no están pensados para anticipar desempeños del mercado y lamentan que nadie se haga cargo de "las malas recomendaciones"... ver más
 
 
 
 
 
 
 
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