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RE: Free Software en Espaņa [Era: Re: Perdonar pero no me aclaro]



::::: En el artículo
<14243.16651.73357.383989@cacharro.gsyc.inf.uc3m.es>, "Jesus
M. Gonzalez-Barahona" <jgb@gsyc.inf.uc3m.es> decía:

    Jesus:: npardo@ctv.es writes:
[...]

    Jesus:: 	Tanto la GPL como la BSDL incluyen el reconocimeinto de
    Jesus:: autoría de un programa. O más bien, el reconocimeinto
    Jesus:: del dueño d= e la propiedad intelectual. Por eso ambas
    Jesus:: incluyen la línea habitual  Copyright 19xx, Fulanito
    Jesus:: de tal y tal.

    Jesus:: 	Eso es preciso (al menos en EEUU) para que quede claro
    Jesus:: que no renuncias a tus derechos de propiedad intelectual,
    Jesus:: y no pones tu obra en el dominio público (o en el
    Jesus:: común, que creo que es una traducció= n mejor al
    Jesus:: español).

    Jesus:: 	Pero la licencia BSD además incluye una cláusula de
    Jesus:: *publicidad* del propietario de la propiedad
    Jesus:: intelectual. Es esa la que hace que sea incompatible con
    Jesus:: la GPL:

Totalmente cierto.  Mi utilización de ``reconocimiento de autoría''
fue probablemente confusa: me refería a la publicidad de la autoría.

La cuestión es que en el caso de la GPL en muchas ocasiones ni
siquiera conoces quién es el autor de un programa concreto (el aviso
de copyright, en un sistema Debian, se limita a apuntar a la GPL
genérica en /usr/doc/copyright/GPL).

En el caso de la BSDL, en cambio, tienes que reconocer
obligatoriamente la autoría (y falta de responsabilidad de Berkeley).
Además, los autores que utilizan la BSDL (no me refiere a programas
BSD, sino a la licencia) incluyen su propia autoría en las mismas
condiciones.


[...]

    Jesus:: 	Creo que es más sencillo que eso (al menos con el
    Jesus:: software libre). Como ninguna licencia te prohibe usar el
    Jesus:: software, lo puedes usar haya o no leido algo. Pero si
    Jesus:: quieres modificarlo o redistribuirlo, por defecto no
    Jesus:: tienes permiso. Igual que por defecto no tienes permiso
    Jesus:: para fotocopiar un libro, o planchar un CD de música. Si
    Jesus:: quiees hacer algo de esto, es tu problema buscar
    Jesus:: mecanismo= s  (legales) que te permitan hacerlo. Puedes
    Jesus:: tratar de contactar con el autor, o leer la licencia y ver
    Jesus:: si eso te lo permite. Por eso Debian hace tanto hincapié
    Jesus:: en que las licencias de los programas estén fácilmente
    Jesus:: disponibles para el usuario.

    Jesus:: 	Quien te prohibe que por defecto puedas hacer una copia
    Jesus:: de un programa, un libro o un disco es la legislación
    Jesus:: internacional de copyright, que está incorporada en el
    Jesus:: derecho de tu pais.

Totalmente de acuerdo (como con todo el mensaje :) La cuestión es qué
reglas se aplican exactamente, en particular acerca de la
responsabilidad.  Por otro lado, aunque el texto de la GPL es engañoso
en este punto, la GPL sí que se aplica al usuario.  La Ley de
Propiedad Intelectual dice que se considera copia la carga en memoria,
de modo que, por defecto, no puedes utilizar un programa si careces de
licencia.  La GPL te lo permite, al decir que ``No se restringe el
acto de ejecutar el Programa'', aunque dicha ejecución, evidentemente,
está cubierta por la LPI.  Aquí la cuestión está en que no se necesita
autorización para ejecutar por parte del usuario legítimo (art. 100),
pero la copia en memoria para utilización personal se considera
comprendida dentro de los derechos de explotación del programa
(art. 99).  Por tanto, hay que ser usuario legítimo, y puesto que el
titular de los programas no los ha puesto en el dominio público (o
común ;) el único documento que establece que alguien es usuario
legítimo es la GPL.


    :: [...]

    Jesus:: 	Buff. Ahora no tengo un rato para seguir comentando el
    Jesus:: resto del mensaje... Otro día, que seguro que ya os
    Jesus:: tengo aburridos... ;-)


Puedes estar seguro de que no :)


--  

RESET


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