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Aumentan las Multas!!! (Publicidad)



Estimado(a) Amigo(a)

Las empresas que impidan el ingreso a sus locales de los inspectores laborales por mas de diez minutos seran denunciadas y sancionadas, de acuerdo con el decreto supremo 002-2007-TR, publicado el miércoles 17 de enero del 2007 en "El Peruano".

Este decreto se suma a los ya existentes Decretos Supremos 004-2006-TR Y 011-2006-TR referentes al Registro de Control de Asistencia.

Recuerde que son Infracciones de Primer Grado no contar con el Registro de Control de Asistencias. Según el decreto Legislativo 910 la multa por estas infracciones son de 5 U.I.T. La multa puede ser duplicada cuando concluida la inspección subsista el incumplimiento.

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